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¿QUIÉN RESPONDE DE LAS DEUDAS CON LA COMUNIDAD EN CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO?

Aunque en Sentencia se recoja que el ex cónyuge al que se atribuye el uso de la vivienda le corresponderá abonar los gastos comunitarios, no afecta esto a la comunidad, frente a quien, formalmente, deberá responder el que objetivamente sea el propietario, con quien se deben entender además en el domicilio designado al efecto por éste , o en defecto de designación expresa, en la vivienda o local sito en la comunidad, las notificaciones de convocatorias, acuerdos, etc.